El próximo 30 de junio de 2011 finaliza el plazo para la presentación de la declaración de la renta del ejercicio 2010.
Así que como todos los años en estos meses, nos surge la misma pregunta ¿cómo hacer la declaración de la renta?
Muchos ya seréis unos expertos y otros simplemente esperamos a confirmar el borrador, pero desde sin noticias queremos aportar nuestro pequeño granito de arena para ayudaros a finalizar con éxito la declaración de la renta en este 2011 e informaros de las mayores novedades para la campaña renta 2010:
La Agencia Tributaria inició el pasado 3 de Mayo de 2011 el plazo para presentar la Declaración de la Renta del ejercicio 2010. Esta declaración no trae grandes novedades con respecto a otros años pero aún así, el contribuyente debe asegurarse de que los datos que maneja hacienda sobre sus ingresos y circunstancias personales son los correctos. Las principales modificaciones que afectarán a la Renta del 2010 son las siguientes:
- La renta del ahorro (compuesta por intereses, dividendos y ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones) tributan al 19% hasta los primeros 6.000 euros y el 21% para el resto.
- Los pequeños empresarios y profesionales que tengan el empleo en 2010 con respecto al año 2008 ven atenuada su tributación al reducir el rendimiento neto de las actividades económicas en un 20% antes de integrarlo en la base imponible. Los empresarios que determinan el rendimiento neto de la actividad por el sistema de módulos pueden además reducir su rendimiento neto en un 5%.
- La reducción de 400 euros solo se aplica cuando la base imponible no llega a 12.000 € reduciéndose para bases entre 8.000 y 12.000 €
- 2010 es el primer ejercicio donde entra en funcionamiento el nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas aunque el desarrollo de nuevas capacidades normativas no se hará visible hasta 2011.
- Desde el punto de vista de los beneficios fiscales:
-
- la declaración de renta 2010 será la última en la que todos los contribuyentes, con independencia de su nivel de ingresos, podrán disfrutar de la deducción por vivienda habitual. A partir del 1 de Enero de 2011 sólo se mantendrá en los terminos actuales para rentas inferiores a los 17.707 euros e irá reduciéndose hasta desaparecer cuando la base imponible del contribuyente supere los 24.107 euros.
- En el caso de estar en la situación de tener derecho a acceder a esta deducción tiene que verificar que queda recogida en su declaración y para ello debe verificar las casillas 780 y 781.
- Otra novedad en materia de vivienda: una deducción del 10%, en contribuyentes cuya base imponible es inferior a 53.007,20 €, para las obras de rehabilitación de la vivienda habitual si han sido realizadas entre el 14 de Abril de 2010 y 31 de Diciembre de 2012 pero para ello se establece el cumplimiento de una serie de condiciones o requisitos: los pagos no deben hacerse en metálico y tienen que destinarse a obras relacionadas con la mejora de la eficiencia r energética, la higiene y el medioambiente, en definitiva, reformas tales como la instalación de ascensores, paneles sorales, rampas para discapacitados, reparación o sustitución del tejado…..
- La base de deducción tiene los siguientes límites:
- 4.000 €/año para contribuyentes con bases imponibles iguales o inferiores a 33.007,20 € al año
- para contribuyentes con bases superiores a 33.007,20 € y con un límite máximo de 53.007,20 € anuales, la base de deducción sera la que resulte de minorar a 4.000 € el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre la base imponible y 33.007,20 € anuales
- Para cualquier duda o aclaración puedes consultar el siguiente enlace: medidas fiscales para la rehabilitación de las viviendas.
Related Posts SliderRelated Posts

Otro año más se acerca la Nochevieja, y con ella una forma diferente de celebrar el fin de año: corriendo una de tantas San Silvestres que inundan nuestro país.
En mi ...
READ MORE